Más de un centenar de sanciones por mal uso de patinetes en Molina de Segura en el último año

Desde la entrada en vigor de la ordenanza municipal, la Policía Local ha interpuesto 109 denuncias por infracciones relacionadas con el uso de patinetes en Molina de Segura.
Control y seguridad vial en el uso de patinetes en Molina de Segura
El alcalde de Molina de Segura, José Ángel Alfonso, ha informado que entre junio de 2024 y mayo de 2025 se han registrado 109 sanciones por el uso indebido de vehículos de movilidad personal (VMP), entre los que se encuentran principalmente los patinetes eléctricos. Estas sanciones se enmarcan dentro del cumplimiento de la Ordenanza Municipal reguladora de la circulación de los VMP, en vigor desde hace casi un año.
Esta normativa tiene como finalidad, según el alcalde, armonizar el uso de los espacios públicos y mejorar la seguridad vial dentro del término municipal. La ordenanza establece, entre otros aspectos, la edad mínima para circular, las zonas habilitadas para su uso, la velocidad máxima permitida, y el régimen sancionador.
Sanciones y características de los vehículos de movilidad personal
El concejal de Movilidad y Policía Local, Antonio Martínez, ha detallado que las multas por incumplimientos de esta normativa oscilan entre los 100 y los 500 euros, en función de la gravedad de la infracción.
Los vehículos de movilidad personal son definidos como aquellos que:
- Disponen de una sola plaza
- Son propulsados exclusivamente por motor eléctrico
- Tienen una velocidad máxima por diseño entre 6 y 25 km/h
- Solo pueden incorporar asiento o sillín si cuentan con sistema de autoequilibrado
- Deben cumplir con los requisitos técnicos establecidos por la ordenanza y la Dirección General de Tráfico (DGT)
Normas básicas sobre el uso de patinetes en Molina de Segura
La ordenanza especifica las siguientes normas de uso obligatorio para los usuarios de VMP:
- Edad mínima: 15 años. Entre 12 y 14 años solo si van acompañados por progenitor o tutor, con casco homologado.
- Velocidad máxima: 25 km/h.
- Prohibiciones:
- No pueden circular por aceras, zonas peatonales, vías interurbanas, autopistas, autovías, ni túneles urbanos.
- Se prohíbe su uso en vías urbanas con dos o más carriles por sentido si no hay carril bici o vía compartida señalizada.
- No se permite llevar acompañantes.
- No se pueden usar auriculares, móviles, ni dispositivos de comunicación manual durante la conducción.
- Certificación: Requieren certificado de circulación.
- Documentación obligatoria: DNI, pasaporte, NIE o licencia de conducción.
- Casco: Obligatorio, salvo exención médica justificada. Debe llevar elementos reflectantes o luminosos (blanco delante, rojo detrás).
Clasificación de infracciones
La normativa vigente clasifica las sanciones en función de su gravedad:
- Infracciones leves: hasta 100 euros.
- Infracciones graves: 200 euros.
- Infracciones muy graves: hasta 500 euros.
Además, en caso de que la legislación estatal lo determine, se podrá exigir a los VMP contar con un seguro de responsabilidad civil en vigor que cubra daños a terceros.




